Nathaly Saldarriaga
Publicado el March 13, 2025
Mediante un decreto reglamentario, el Ministerio del Trabajo definió nuevas reglas para proteger a las personas que denuncian acoso sexual en su trabajo y sanciona a los empleadores que tomen represalias en su contra.
El ministro del Trabajo, Antonio Sanguino, explicó que la medida busca proteger a las víctimas que denuncien. “El decreto adopta medidas para imponer las multas por incurrir en despidos y para proteger a las y los trabajadores”, sostuvo.
Apuntó que dentro de los aspectos clave de esta norma, se contempla la reglamentación del parágrafo del artículo 14 de la Ley 2365 de 2024.
Referente las multas, que recibirán quienes incumplan con la medida: “El empleador despide a alguien durante el proceso o dentro de los seis meses siguientes a la denuncia, se asumirá que fue una represalia. Esto se considerará un despido injustificado y el empleador podrá ser sancionado con una multa que irá de 1 a 5000 salarios mínimos diarios”, indicó.
Apuntó de manera específica que cuando una persona denuncia acoso sexual en su trabajo, su empleador no podrá despedirla durante los seis meses siguientes a la denuncia.
“Si lo hace, el despido no tendrá validez. Sin embargo, también existen excepciones: Esta protección no aplica si el despido es autorizado por la cartera laboral o si la persona ya tenía un proceso disciplinario antes de hacer la denuncia”, manifestó.
Además, aseguró que el documento determina que, si después de seis meses la persona es despedida y alega que fue por su denuncia de acoso sexual, será el empleador quien deberá probar que, no fue así.
“Finalmente, se refiere a las personas que testifiquen, también estarán protegidas contra el despido”, recalcó.
Según el Ministerio de Trabajo con esta decisión se refuerza sus acciones para prevenir y atender el acoso laboral e invita a las empleadoras/es a proteger los derechos de las y las y los trabajadores en todo el país.
/LaFM
Nathaly Saldarriaga
Publicado el March 13, 2025